viernes , 29 marzo 2024

Tercera Sala de la Corte Suprema falló a favor de las Carmelitas Descalzas del Amor Misericordioso y de la Virgen del Carmen

Con alegría y alabanza a nuestro Señor Jesucristopor las maravillas que obra en los pequeños les comunicamos que la Tercera Salade la Corte Suprema falló a favor de nuestra comunidad de Carmelitas Descalzasdel Amor Misericordioso y de la Virgen del Carmen, en forma unánime, y ordenó que el Comité de Ministros revise la solicitud de  invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de Central Hidroeléctrica El Canelo.

De acuerdo a un fallo unánime, se resolvió acoger el recurso de casación en contra de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que había rechazado la reclamación interpuesta por nuestra Comunidad.

De acuerdo al fallo, se estableció que la comunidad de Carmelitas Descalzas realizó observaciones en todas las instancias de participación en la evaluación del proyecto y que la solicitud de invalidación fue presentada dentro de plazo, por lo que el Comité de Ministros está facultado para revisar la RCA del proyecto.

“De lo expuesto procedentemente surge con nitidez que el Comité de Ministros incurrió en un error al negarse a admitir a tramitación la petición de invalidación”, sostuvo el fallo.

Lo más destacable es que reconoce que se violó el derecho de acceso a la justicia de las Carmelitas y se ordena resolver su invalidación. Estamos muy contentas por esto, porque la Corte Suprema sostiene que en nuestro caso, a partir del fallo del Comité de Ministros, en Abril de 2015, se han cometido una seguidilla de injusticias y acciones en contra de la ley. Esto no solamente es un fallo que favorece a la comunidad de Carmelitas Descalzas sino a toda comunidad o persona a la cual se le niega el acceso a la legítima justicia que ordena la Constitución Política de Chile  en su Artículo N° 20.

El proyecto Centra Hidroeléctrica El Canelo orece aportar más energía al SIC. Chile no necesita más energía de la que ya existe, pues está exportando energía a países vecinos y las aguas del Maipo son indispensables para la población de la Región Metropolitana, alrededor de 6 millones de personas usufructúan de ellas. Lo que Chile necesita en estos momentos es que todos los chilenos podamos tener acceso a agua potable y agua para las necesidades de los habitantes de Chile. Con este fallo se reafirma la ponencia de nuestra comunidad de poder tener un lugar de silencio, necesario para nuestro estilo de vida y no un sitio dividido en 2 partes, sin acceso entre sí.

Nosotras queremos reconocer la jurisprudencia que ha sentado la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema que dice en relación al recurso de invalidación interpuesto el año 2015 ante el Comité de Ministros, y no aceptado por él, que “dicho acto administrativo adolece de graves vicios de ilegalidad”. El hecho que la Excma. Corte Suprema analice todo el trayecto administrativo y judicial que ha realizado la comunidad a través de estos 6 largos años y reconozca que a partir de las resoluciones del Comité de Ministros en el año 2015 (entidad política) y representada por su Secretario Ejecutivo, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Nacional, son actos ilegales.

El gran fallo de la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema, es poner en su lugar a  las entidades políticas, administrativas, judiciales y cualquier entidad que dicte fallo, deben atenerse a la Constitución Política de Chile.    

La comunidad agradece a todas las personas que nos han acompañado en estos 6 largos años y esperamos que nos sigan apoyando y rezando por nosotras, para que la decisión del Comité de Ministros, se adecue a justicia y reconozca que el proyecto El Canelo es un proyecto que afecta el medio ambiente, las aguas de los Santiaguinos y a toda la comunidad de Carmelitas y de El Peumo.

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